Desmienten a ambientalista

Cancún

 

El Consejo Coordinador Empresarial del Caribe (CCEC) rechazó el soborno de medio millón de pesos que asegura la ambientalista Katerine Ender trató de hacerle el presidente de la Comisión Inmobiliaria del organismo, Miguel Ángel Lemus Mateos, para que aceptara destrabar el proyecto Malecón Tajamar, caso sobre el cual reveló que un tercer interesado interpuso ya una revisión del amparo otorgado.

En conferencia de prensa, el presidente del CCEC, Eloy Peniche Ruiz, rechazó la acusación vertida por la ambientalista, la cual desmintió también el propio Lemus Mateos, quien dejó en claro que la única intención del organismo empresarial es que se libere el acceso a las áreas públicas del lugar sin tocar los terrenos que están en litigio, para lo cual esperarán los tiempos legales correspondientes, además de aprovechar la visita del Presidente Enrique Peña Nieto a Cancún el martes próximo para solicitarle su intervención para agilizar la apertura del lugar.

Lo anterior tras revelar que uno de los grupos que compraron los predios interpuso un recurso de revisión del amparo otorgado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigesimoséptimo Circuito en junio pasado, pues no fue llamado al juicio como tercero interesado, por lo que sólo se enteró de la sentencia del mismo a través de los medios de comunicación, decidiendo interponer el recurso de revisión que ya fue admitido por el propio Tribunal, encontrándose en trámite su resolución.

Sin embargo, advirtió que de resultar favorable el recurso de revisión, originaría la revocación de la sentencia del Juez Tercero de Distrito que sobreseyó el juicio de amparo 1064/2015 promovido por Araceli Domínguez en contra del proyecto Tajamar, así como el amparo otorgado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, pues deberá ordenarse la reposición del procedimiento del juicio de amparo para dar oportunidad al tercero interesado de intervenir en él.

De esta manera, consideró, podrá aportar pruebas y alegar respecto de causales de improcedencia que pudieran actualizarse y sobre la negativa de amparo, para lo cual el Tercer Tribunal Colegiado deberá declararse impedido y remitir los autos a otro tribunal del mismo circuito, porque ya exteriorizaron opinión en su anterior sentencia sobre el llamado a juicio de los terceros interesados, cuya omisión advirtieron o incluso solicitar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerza su facultad de atracción dada la transcendencia del asunto.

 

 

Por Blanca Silva

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