Piden castigo por robo de identidad

Delito de mayor crecimiento en los últimos años en Q. Roo.

 

Por Fernando Morcillo

A pesar de que la Riviera Maya es uno de los destinos donde el robo de identidad o clonación de tarjetas más se da, y que ha generado que la Asociación de Hoteles recomiende a sus huéspedes no utilizar cualquier tipo de cajeros este ilícito no se encuentra tipificado ni sancionado a nivel federal.

Así lo advirtió la senadora independiente Martha Angélica Tagle Martínez, quien presentó una iniciativa para atender este vacío jurídico en el Código Penal Federal e incorporar a este ordenamiento dicha figura.

La suplantación de identidad está considerada como uno de los ilícitos de más rápida expansión en los últimos años. Tan sólo en el primer semestre de 2015 este delito se incrementó 40 por ciento con respecto al mismo periodo del año anterior, al pasar de 20 mil 168 a 28 mil 258 casos.

Como se recordará, la Policía Cibernética, dependiente de la Policía Federal Preventiva, se presentó en el 2014 a capacitar a los hoteleros de este destino tras detectar que bandas internacionales de origen venezolano y rumano se encuentran en la Riviera Maya para robar la información de turistas que utilizan los cajeros automáticos y que se encuentra en su mayoría en la zona turística de la ciudad.

Desde entonces, los hoteleros han pedido a las autoridades locales poner más candados a la hora de dar permisos para la instalación de cajeros y, en consecuencia, se redujo el número de éstas máquinas en la Quinta avenida.

A nivel nacional, el monto reclamado por los usuarios, en el primer semestre del año pasado, ascendió a 118 millones de pesos, 19 por ciento más a lo reclamado en el mismo período de 2014, y que de este monto, el saldo abonado fue de sólo 69 millones de pesos, es decir 58 por ciento.

De cada 10 reclamaciones, nueve son relacionadas por el uso de tarjeta de crédito y una por la utilización de tarjeta de débito.

Por ello, la senadora propuso adicionar un Capítulo III denominado “Suplantación de Identidad” al Título Décimo Octavo del Código Penal Federal, así como el artículo 287.

Con esta reforma, plantea que comete el delito de suplantación de identidad el que utilizando cualquier medio, se apropie y utilice de manera ilícita datos e información personal que legítimamente pertenezcan a otra persona, ya sea con consentimiento o sin consentimiento de ella.

Además, propone que esta conducta se sancione con una pena de dos a seis años de prisión y de 500 a 700 días del Valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

 

Comments

comments

No hay comentarios